viernes, 30 de julio de 2010

REGLAMENTO LABORATORIO DE COMPUTACIÓN

COLEGIO POLITÉCNICO ALEMAN ALBERT EINSTEIN



REGLAMENTO LABORATORIO DE COMPUTACIÓN





Artículo Nº1 Este Reglamento tiene como objetivo regular el uso del laboratorio de computación, a fin de velar por su correcta utilización, como herramienta de desarrollo académico, de manera segura, confiable y sencilla.

Artículo Nº2 Coordinador de los Laboratorios Enlaces es la persona que se dedica a todas las tareas que tengan relación con computadores de la institución. Será su labor mantenerlos, administrarlos, eventualmente repararlos. Entre otras, sus labores serán mantener el correcto funcionamiento de la red interna de la institución, el respaldo de los datos del servidor y solucionar cualquier potencial problema relacionado con su área.

DE LOS DERECHOS

Artículo Nº3 Los laboratorios de Computación corresponde al espacio físico dentro del Establecimiento, acondicionado para ofrecer a los alumnos y profesores todas las herramientas necesarias a nivel informático, entre las cuales se pueden describir suites ofimáticas, libre acceso a Internet y la posibilidad de copiar discos con información de naturaleza académica, con el motivo de brindar la mayor facilidad a los alumnos que no posean un equipo en sus hogares, o que necesiten hacer uso para fines académicos de estos.

Artículo Nº4 También podrán hacer uso del Laboratorio de Computación los
Profesores para dictar cursos, como herramienta de apoyo, y será el aula principal del ramo de Taller de Informática, Aplicaciones Informática en Enseñanza Básica, Aplicaciones Informática en tercer y cuarto año medio.

Artículo Nº5 El acceso al Laboratorio de Computación es libre para todo alumno y profesor de la institución y puede ser utilizado por los mismos en cualquier momento mientras se encuentre abierto, excepto cuando un profesor se encuentre dictando un curso o se encuentre en mantención. Su horario de funcionamiento es de 8:00 a 15:30 horas de lunes a viernes.

DE LOS DEBERES

Artículo Nº6 Toda persona que haga uso de la sala de computación, tendrá el deber de utilizar el Laboratorio de Computación, para los fines que ha sido
habilitado y deberá dar cumplimiento a las normas impartidas por el Colegio.

Artículo Nº7 Una vez al mes, el Coordinador de Enlaces realizará una mantención al Laboratorio de Computación, y sus usuarios deberán brindar todas las facilidades al respecto. Es importante señalar que por la naturaleza de dicha mantención el material de alumnos o docentes que se encuentren grabados en los equipos, serán borrados.

Artículo Nª8 El día que se efectuará la mantención de los equipos será fijada con la autorización del Director o Sub-Directora.

Artículo Nº9 Será de responsabilidad de la Coordinadora dejar apagados todos los equipos, antes de cerrar los laboratorios.


DE LAS PROHIBICIONES

Artículo Nº10 Las herramientas para fines académicos han sido previamente instaladas y configuradas para su utilización, se prohíbe estrictamente a profesores, alumnos, personal y administrativos la instalación de Software en los Equipos sin autorización de la Coordinadora de Enlaces.

Artículo Nº11 Los grabadores de CD’s, deben ser utilizados exclusivamente para uso académico y de respaldo de documentos del computador, y queda
estrictamente prohibida la copia de material sin fines académicos, como música, videos, programas sin licencia y otros con fines de utilización personal o lucro. Queda prohibida también la utilización de los grabadores de discos sin previa consulta y autorización del Jefe del Departamento de Computación e Informática. De igual forma no se encuentra autorizado el uso de Internet para fines distintos a los académicos y de aprendizaje de los alumnos. Por ello el Jefe del Departamento de Computación e Informática, bloqueará todo sitio web que violente la moral y buenas costumbres.

Artículo Nº12 Queda estrictamente prohibido dañar, deteriorar y/o extraer cualquier elemento o equipo computacional existente en los Laboratorios de Computación. De ser sorprendida una persona sustrayendo un equipo o parte de éste se le aplicará el reglamento interno del establecimiento y la Institución hará la denuncia correspondiente ante las autoridades policiales.

DE LAS NORMAS DE USO

Artículo Nº14 Un profesor para poder hacer uso del Laboratorio de Computación, con fines académicos deberá reservar con anticipación la sala para su utilización en clase. Para esto debe solicitarlo a la Coordinadora de Enlaces, quien de acuerdo a la Distribución de Salas, autorizará su uso. Dicha solicitud debe ser realizada al menos con una semana de anticipación.

Artículo Nº15 Si un profesor requiere la instalación de un Software especifico, debe dar aviso a la Coordinadora Enlaces con al menos una semana de anticipación, y previo análisis de factibilidad, para acondicionamiento de los equipos de la herramienta que el profesor desea utilizar.

Artículo Nº13 Por motivos de seguridad, queda prohibido el consumo de líquidos en el Laboratorio de computación para prevenir el peligro de una eventual electrocución y/o daño a los equipos informáticos. También queda prohibido el consumo de alimentos dentro del laboratorio por motivos de aseo, así como se prohíbe fumar dentro del mismo. Si se sorprende a alguien efectuando alguna de estas practicas, será expulsado del laboratorio.


Artículo Nº16 En caso de requerir asesorías sobre herramientas que pudiesen ser útiles, los profesores pueden consultar a la coordinadora Enlaces sobre herramientas que potencialmente podrían llegar a usar. Esta consulta debe realizarse con una semana de anticipación.

Artículo Nº17 Cualquier trasgresión a las disposiciones del presente reglamento facultará a la Coordinadora Enlaces a aplicar las disposiciones establecidas en el Reglamento Interno

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